90 legajos (aprox.). Papel. Diversos tamaños, generalmente folio y cuartilla
Nombre
del productor:
Diputación Provincial de Santander
Historia
institucional:
Los poderes públicos del nuevo estado liberal nacido de las Cortes de Cádiz
(1812) asumieron las funciones benéfico-asistenciales, ejercidas a lo largo
del Antiguo Régimen por una gran pluralidad de hermandades, cofradías
y fundaciones de carácter eclesiástico o particular, con el propósito
de transformar el antiguo concepto de caridad por el más innovador de beneficencia.
El proceso desamortizador de dichas instituciones benéficas llevó
aparejada en el transcurso del siglo XIX la transferencia a las Diputaciones Provinciales
de las competencias de gobierno y administración de las mismas, con el
consiguiente trasvase de sus fondos documentales.
En virtud de la Instrucción de 25 de agosto de 1817 de la Junta Suprema
de Sanidad se crean las Juntas Superiores de las provincias para coordinar medidas
de prevención y lucha contra epidemias y enfermedades infecto-contagiosas.
Por Real Orden de 16 de julio de 1833 se crean en las capitales de provincia las
Juntas Superiores de Caridad, con los objetivos de recolectar fondos para socorro
de mendigos, abrir suscripciones con destino a fines caritativos, ocupar a mendigos
en trabajos públicos, proporcionar medicinas y asistencia sanitaria, etc.
A partir del Real Decreto de 8 de septiembre de 1836 las antiguas instituciones
de beneficencia perdieron, en la mayoría de los casos, su carácter
de fundación particular o eclesiástica y pasaron a depender directamente
de las Juntas Municipales de Beneficencia. Estas Juntas municipales abarcaban
competencias en relación con las casas de socorro, casas de maternidad,
hospitales de enfermos convalecientes y locos y el socorro domiciliario.
Las Juntas Provinciales de Beneficencia nacen con la Ley General de Beneficencia
de 1849 con las competencias antes mencionadas, presididas durante toda su existencia
por los Gobernadores Civiles. En el artículo 6º del Reglamento de
14 de mayo de 1852, para la ejecución de la Ley de Beneficencia, se dice
textualmente: "En cada capital de provincia se procurará que haya,
por lo menos, un hospital de enfermos, una casa de misericordia, otra de huérfanos
y desamparados y otra de maternidad y expósitos". La gestión
de estos centros fue supervisada por las Juntas Provinciales de Beneficencia hasta
su desaparición en 1868, en el Sexenio revolucionario; sus competencias
pasaron a las Diputaciones Provinciales, que se comprometieron a consignar en
los presupuestos provinciales sus gastos de mantenimiento y a inspeccionar sus
servicios. La Ley Provincial de 1870 regula como competencias exclusivas de las
Diputaciones la implantación y conservación de estos servicios como
establecimientos de beneficencia. En 1873 se vuelven a crear las Juntas Provinciales,
que permanecen prácticamente con las mismas competencias técnico-administrativas
en las leyes de 1877 y 1882; en 1899 se reforzaron sus atribuciones. Tal situación
se mantiene hasta 1.968, año en que por Decreto se suprimen, pasando sus
funciones a las nuevas Juntas Provinciales de Asistencia Social.
Los establecimientos provinciales de beneficencia se estructuraron, conforme a
las disposiciones vigentes en cada época, en diferentes secciones, básicamente
Misericordia, Expósitos, Huérfanos y Dementes. La lactancia era
una de las funciones más importantes llevadas a cabo en las casas de Expósitos,
debido al elevado número de éstos y a los problemas que originaba
la necesidad de nodrizas.
Por lo que respecta a la administración sanitaria provincial, si bien arranca
con el Real Decreto de 17 de marzo de 1847, no pasó, durante toda la segunda
mitad del siglo XIX, de una mera función consultiva.
Alcance
y contenido:
Se trata de documentación referida a las áreas de sanidad y beneficencia de la Diputación Provincial, comprendiendo entre otros asuntos comunicaciones dirigidas a la Junta Provincial de Beneficencia, gestión e inspección de centros de beneficencia y hospitales, cartillas de lactancia de expósitos, pagos a nodrizas, recibos de estancias de dementes en centros hospitalarios de otras provincias.
Organización:
Está en fase de clasificación.
Archivo
Histórico Provincial
Ha
procedido a la informatización
del centro, mediante un sistema automatizado
que permite el acceso a los resúmenes
documentales.